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Servicios especializados

REPSE: relaciona el registro con el servicio contratado.

No todos los proveedores requieren la misma revisión de REPSE. Antes de solicitar un registro, describe qué servicio u obra se contratará y cómo se ejecutará. Cuando corresponda revisar REPSE, coteja la entidad, el registro y la actividad con el contrato; una coincidencia de nombre no resuelve ese análisis.

ProveedorCheck · Contenido revisado el 22 de septiembre de 2026

Primero define la aplicabilidad al servicio. Después documenta RFC, actividad, registro, fechas y fuente consultada.

1. Revisa el alcance antes de pedir documentos

Los artículos 12, 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo distinguen la subcontratación de personal de los servicios u obras especializados y establecen el registro ante la STPS para los supuestos correspondientes. El artículo 13 también considera el objeto social y la actividad económica preponderante de quien recibe el servicio.

La revisión no se resuelve sólo con el giro comercial del proveedor. Describe la ejecución real, la participación de trabajadores y el alcance contratado. Si hay dudas, deja la aplicabilidad pendiente de evaluación por el responsable laboral o jurídico antes de convertir REPSE en una casilla automática.

2. Distingue situaciones de compra

Preguntas para determinar la revisión
SituaciónQué aclararRegistro interno
Compra de mercancía con entregaSi se trata de una compraventa o incluye servicios adicionales.No exigir REPSE sólo por existir un proveedor.
Servicio u obra con personal del contratistaAlcance real, disposición de trabajadores y especialización.Evaluación de aplicabilidad y responsable.
Contrato mixto de equipos e instalaciónSeparar suministro, instalación y otras actividades.Alcance de cada componente y evaluación.
Actividad o ejecución sin definirCompletar la descripción antes de concluir.Pendiente; no marcar cumple o no aplica sin fundamento.

La matriz organiza preguntas; no emite un dictamen sobre un contrato concreto. Conserva la razón de la decisión y quién la revisó.

3. Coteja el registro y la actividad

Consulta el portal público REPSE de la STPS y guarda la evidencia que corresponda. REPSECheck ofrece una revisión separada por RFC. El motor de ProveedorCheck consulta SAT 69-B y Lista 69, por lo que un resultado aquí no incluye REPSE.

  • Entidad: coteja RFC y denominación con el contrato y la documentación del proveedor.
  • Registro: conserva número o folio, estado y fechas mostradas por la fuente.
  • Actividad: relaciona las actividades registradas con el servicio u obra contratados.
  • Momento: registra la fecha de consulta y el periodo de ejecución que estás documentando.
  • Diferencias: anota datos que no coinciden o que la fuente no permite verificar.

No cierres la revisión con una captura antigua si necesitas conocer el estado actual. Una fuente que no responde deja un pendiente, no un resultado favorable.

Ejemplo: RFC correcto, actividad por aclarar

Ejemplo ficticio · sin datos reales

El contrato describe mantenimiento especializado, pero el documento recibido menciona una actividad distinta. Aunque el RFC coincida, el responsable debe verificar la cobertura del registro y el alcance del contrato.

El expediente guarda la discrepancia, el documento de origen y la aclaración solicitada. No modifica la descripción del servicio para hacerla coincidir con la captura.

4. Integra el control sin confundir sus efectos

Guarda el análisis de aplicabilidad, contrato, consulta y pendientes en el apartado de controles específicos del expediente del proveedor. Relaciona además los soportes de ejecución mediante la matriz de materialidad.

El registro REPSE no sustituye la opinión 32-D, la consulta de listas fiscales, la validación del CFDI ni la revisión de obligaciones asociadas al contrato. Esta guía no fija una lista completa de obligaciones laborales, de seguridad social o fiscales para cada servicio.

Fuentes y alcance

Recomendaciones para organizar una revisión interna. Las referencias describen los documentos y consultas indicados; verifica las reglas vigentes del trámite cuando debas decidir obligaciones, plazos o efectos fiscales.